2.º Las superficies transparentes o translúcidas de las puertas y portones que no sean de material de seguridad deberán ampararse contra la rotura cuando ésta pueda suponer un peligro para los trabajadores. En todo caso, y a fuera de de disposiciones específicas de la reglamento citada, dichos lugares deberán satisfacer https://medinaempresarialsst.com/